CONTRATO DE DOBLE TARIFA ELÉCTRICA PARA REGADÍO

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La Sección Quinta del Tribunal Supremo acaba de emitir una decisión sobre el recurso contencioso-administrativo iniciado contra el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) por la organización estatal de LA UNIÓ, Unión de Uniones, por el cual obliga ahora mediante sentencia firme a poner en marcha en el Gobierno el contrato de doble tarifa eléctrica para regadío en seis meses.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, incluyó una Disposición final cuadragésima quinta sobre adecuación de los costes del suministro eléctrico agrario que obligaba el Gobierno a establecer reglamentariamente, antes de seis meses, una modalidad de contrato de acceso para regadío con la posibilidad de disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses, en función de la necesidad de suministro para esta actividad. Esta medida se incluyó en la ley a raíz de una propuesta de enmienda presentada a los Grupos Parlamentarios por Unión de Uniones que, finalmente, encontró una mayoría suficiente de apoyo.

Finalizado en junio de 2021 el plazo previsto en la Ley y no habiendo sido desarrollado el contrato por el Gobierno, la organización requirió por escrito al MITECO, competente en el tema, el cumplimiento de la Ley y transcurrido el periodo suficiente sin haber recibido ninguna respuesta del Ministerio, Unión de Uniones interpuso el correspondiente contencioso-administrativo que, ahora, ha sido fallado a favor de la organización.

En la sentencia, el Tribunal Supremo considera que no presuponer la diligencia de la administración para completar los procesos de ejecución legal seria otorgar al Ejecutivo un derecho de veto sobre aquellas leyes que dependieron de un desarrollo reglamentario, y que esto sería constitucionalmente inadmisible.

Por lo tanto, se condena a la Administración, tratándose en este caso al MITECO como la interesada, porque, en el plazo de seis meses, elabore, apruebe y promulgue la norma reglamentaria que tiene que regular una modalidad de contrato de acceso para regadío que contemplará la posibilidad de disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses, en función de la necesidad de suministro para esta actividad. Además, impone las costas a la Administración demandada.

Las organizaciones de la Unión de Uniones, entre ellas LA UNIÓ, se felicitan por la Sentencia del Supremo “porque proporcionará un medio para que los labradores de la Comunidad Valenciana puedan reducir de manera importante su factura de la electricidad de una manera permanente”, según señala Carles Peris, secretario general.

LA UNIÓ lamenta que la tozudez de Transición Ecológica haya impedido que los regantes se puedan haber beneficiado de la medida durante estos años de subidas de costes: “los labradores y ganaderos no tenemos nada a agradecerle a la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, que es un Ministerio que parece tener una especial animadversión contra nosotros” señalan desde la organización, que pide al MITECO que cumpla cuanto antes la sentencia.