El Consell de la Generalitat Valenciana ha aprobado el Decreto 182/2024 que regula el procedimiento para la concesión directa de ayudas a las comunidades de regantes y otras entidades de riego que hayan sufrido daños en sus infraestructuras de regadío como consecuencia del temporal de viento y lluvias acaecido en la Comunitat Valenciana el pasado 29 de octubre de 2024.
El fuerte temporal derivado de la riada ha ocasionado importantes daños a las infraestructuras de regadío, principalmente acequias, tuberías de transporte y redes de distribución de riego localizado.
Los arrastres en ríos y barrancos han destrozado numerosos caminos, se han producido acumulaciones de sedimentos que han colmatado kilómetros de acequias y ha habido inundaciones en cabezales de riego, en balsas, depósitos y centros de transformación, entre otros.
Los daños producidos y registrados en las infraestructuras de riego fuera de las explotaciones agrarias rondan los 100 millones de euros y el territorio afectado supera las 50.000 hectáreas. Además, la pérdida de infraestructuras hidráulicas pone en grave peligro la pervivencia de los cultivos, por lo que resulta necesario llevar a cabo las actuaciones precisas para recuperarlas lo antes posible.
El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de este decreto asciende a 20.000.000 euros con cargo a fondos propios de la Generalitat para el ejercicio presupuestario 2025. El importe de la ayuda para cada entidad beneficiaria será del 100 % del presupuesto hasta un máximo de 100.001 euros, siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
Las ayudas se concederán para todos aquellos gastos, incluso los ya realizados, atendidos por las entidades de riego, con la entrega de las facturas que acrediten el gasto que han tenido que atender de forma inaplazable entidades que representan a miles de regantes que deben atender con urgencia sus campos.
Son subvencionables los gastos de reparación de las infraestructuras de regadío dañadas ubicadas en alguno de los municipios afectados por el temporal, realizados a partir del 29 de octubre de 2024. Se limitarán a los daños que no estén cubiertos por el seguro. No serán subvencionables las actuaciones en el interior de la parcela, ni las solicitadas por las personas agricultoras a título individual. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
COLABORACIÓN DEL COIAL CON LOS REGANTES
Por su parte, el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Levante también tiene la intención de ayudar al máximo a las comunidades de regantes y al resto de entidades que ostentan derechos de riego con infraestructuras afectadas por el temporal.
Como primera medida, y en respuesta al recién publicado Decreto 182/2024, este colegio no facturará, ni cobrará, los costes que deriven del visado de los preceptivos informes técnicos que sustancian las necesidades de la reparación de las infraestructuras de regadío hasta que las CCRR o las entidades de riego no hayan cobrado las ayudas. Con independencia de lo anterior, se debe adelantar que los costes de visado de este tipo de trabajos no van a ser, en absoluto, significativos.
Por otro lado, en su proceso de visado, ayudará a que se alcancen los objetivos que se dictan en el Decreto con el fin de evitar posteriores no conformidades. La relación y la predisposición es inmejorable, por lo que, todos pondrán su máximo empeño para conseguir que este proceso sea ágil y rápido.
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Comentarios recientes
Me parece importante que tengan en cuenta a todas las comunidades de regantes de la Federación y en esta nueva etapa se pudiera dar respuestas […]
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